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REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA EVALUACIÓN DE LAS COLECCIONES DE MAXIMOFILIA EN LAS EXPOSICIONES F.I.P. (SREV)
Artículo 1.- Exposiciones competitivasDe acuerdo con el artículo 1.5 del Reglamento General de la F.I.P. para la valoración de colecciones competitivas presentadas en las exposiciones F.I.P. (GREV), ha sido establecido el presente Reglamento Especial, relativo a la Maximofilia, para completar los principios generales. Este reglamento se refiere también a los “Directrices para calificar colecciones de Maximofilia”
Artículo 2.- Las colecciones en las exposicionesLas tarjetas máximas deben presentarse conforme a los principios de la máxima concordancia posible entre: a) El sello b) La ilustración de la tarjeta postal c) Obliteración
Artículo 3.- Principios de los componentes de una colección Los elementos que constituyen una tarjeta máxima deben responder a las características siguientes:
3.1.- El sello Debe tener validez postal y ser adherido únicamente por el lado de la ilustración de la tarjeta. No se admiten los sellos de tasas, pre-cancelados, fiscales y aquéllos que violen el “código de ética de la U.P.U.”. Tampoco se admiten los sellos de servicios, a excepción de aquéllos puestos a disposición del público, como los de las Naciones Unidas, UNESCO, Congreso de Europa, etc. Los sellos que hayan sido cortados procedentes de entero-postales sólo serán válidos si el Servicio Postal del país emisor permite su uso como tal.
3.2.- La ilustración de la tarjeta postal Sus dimensiones deben estar de acuerdo con las aceptadas por la Convención de la Unión Postal. De cualquier forma, se admiten las tarjetas postales que estén disponibles en el comercio ya sean de forma cuadrada o rectangular, siempre y cuando su tamaño permita ser expuestas en hojas de formato A4 (210 x 97 mm) a razón de 2 tarjetas por hoja. Por respeto a sus diseñadores, está totalmente prohibido empequeñecer el tamaño de las postales mediante el recorte de éstas, La ilustración debe presentar la mejor concordancia posible con el motivo del sello o con alguno de sus motivos en caso de que fuesen varios. Están prohibidas las tarjetas que reproduzcan los sellos en su integridad, es decir, mostrando su dentado, valor facial y nombre del país emisor. La ilustración de la tarjeta postal debe resaltar el motivo del sello. Las postales comerciales se aceptan tal como son. Pueden tener márgenes y un texto directamente relacionado con el motivo. Las tarjetas postales antiguas pueden tener en su cara ilustrada una zona para la escritura. Con excepción de estas tarjetas postales antiguas, éstas serán consideradas de mayor calidad tanto en cuanto sea mayor su ilustración. Están prohibidas las postales con ilustraciones múltiples así como las que contengan hologramas.
3.3.- La cancelación La cancelación debe estar realizada exclusivamente por las autoridades postales. La ilustración y el lugar de la cancelación (nombre de la oficina postal), debe tener relación directa con el motivo del sello y con la ilustración de la tarjeta, o con el motivo de la emisión (evento, actividad benéfica, temática de la serie). Las cancelaciones hechas por los Servicios Filatélicos serán válidas siempre que la concordancia de lugar sea respetada. Se aceptan las cancelaciones hechas por los Servicios Filatélicos de pequeños países donde sólo aparezca el nombre del país. La concordancia de las obliteraciones ilustradas será mejor, cuanto más grande sea la relación entre el tema y la ilustración y/o el texto del matasellos. Deberá estar comprendida dentro del período de validez de circulación del sello, así como tener una fecha lo más próxima posible a la fecha de emisión de aquél. Los matasellos ordinarios sin ilustración serán válidos si se respeta la concordancia de lugar.
3.4.- Clasificación de las colecciones Las colecciones de Maximofilia se pueden clasificar por: a) País o grupo de países b) Especialidad o estudio c) Tema
3.5.- Plan La introducción, el título y el plan forman un conjunto en perfecta concordancia con el material expuesto (ref. GREV, art. 3.3.). La concepción, la estructura y el desarrollo de la colección deben estar claramente definidos.
Artículo 4.- Criterios para la evaluación de las colecciones Las colecciones de Maximofilia en exposiciones FIP serán juzgadas conforme a lo dispuesto en la normativa general del GREX ( art. 4). En las colecciones de Maximofilia, y dada la especial importancia que tiene la demostración de los conocimientos, son de aplicación las diferentes reglas de concordancia, de motivo, de lugar y de tiempo (Ver Directrices-Guidelines).
Artículo 5.- Apreciación de las colecciones 5.1.- Las colecciones de Maximofilia serán juzgadas por especialistas reconocidos en la clase de Maximofilia, conforme a los dispuesto en la Sección V (Art. 31 a 46) del GREX (referencia GREV artículo 5.1.).
5.2.- Para las colecciones de Maximofilia, serán consideradas por el Jurado las condiciones siguientes, para la evaluación (referencia GREV artículo 5.2.): - Tratamiento e importancia de la colección 30 - Conocimientos e investigación 35 - Estado y rareza 30 - Presentación 5 100
Artículo 6.- Condiciones de aplicación6.1.- En caso de discrepancia del texto, como consecuencia de su traducción, prevalecerá la versión inglesa. 6.2.- Este Reglamento Especial para la evaluación de las colecciones de Maximofilia en exposiciones F.I.P. han sido aprobadas de forma unánime en la Reunión de la Comisión FIP de Maximofilia celebrada en Málaga el 12 de octubre de 2006 y sometida para su aprobación al Bureau FIP.
NOTA: Lo subrayado en este Reglamento corresponde a las modificaciones aprobadas en la Reunión de la Comisión F.I.P. de Maximofilia, celebrada en Málaga el 12 de octubre de 2006.
DIRECTRICES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS COLECCIONES DE MAXIMOFILIA EN LAS EXPOSICIONES F.I.P. (GUIDELINES)
1.- Exposiciones competitivas Las presentes directrices completan los reglamentos GREV (General) y SREV (Especial) para ayudar a los jurados en la evaluación y a los expositores en la preparación de las colecciones de Maximofilia.
2.- Las colecciones en las exposiciones
2.1.- Una colección de Maximofilia está constituida únicamente por tarjetas máximas.
2.2.- La calidad de los elementos constitutivos y la concordancia entre estos elementos, aseguran a la tarjeta máxima la calidad de “material filatélico apropiado”. (GREV, art. 3.1.).
3.- Principios de los componentes de una colección Los elementos constitutivos deben respetar las siguientes condiciones que completan las ya previstas en el art. 3 de las SREV.
3.1.- El sello - Debe estar en perfecto estado. - Únicamente debe figurar un solo sello en la parte ilustrada de la tarjeta postal. Se admitirán las tarjetas máximas anteriores a 1978 (fecha en que fueron aprobados los Estatutos de Maximofilia) que tengan varios sellos, con la condición de que uno o varios tengan concordancia con la ilustración de la tarjeta postal. - Cuando un sello contenga motivos múltiples, secundarios o parciales, cada motivo puede ser tratado, siempre que sea posible, separadamente. - El sello (o la hojita de la que forma parte) no debe sobrepasar una superficie superior a la cuarta parte del formato de la tarjeta postal. - Cuando los sellos han de estar unidos para formar un determinado motivo, el conjunto puede figurar excepcionalmente sobre una sola tarjeta postal. - En el caso de los sellos que forman composiciones (dípticos, trípticos, etc.) en los cuales sólo hay un motivo, todos los sellos que forman la composición pueden ser usados excepcionalmente en la tarjeta. De cualquier forma, cuando los sellos tengan más de un motivo, sólo se usará un sello en la tarjeta postal, el que se refiera al motivo ilustrado. - Se admite la utilización de etiquetas ilustradas procedentes de máquinas automáticas para franquear, adheridas en la parte ilustrada de la tarjeta postal. - Por lo general, los temas abstractos y simbólicos no se prestan para la realización de tarjetas máximas y son excluidos del campo de la Maximofilia.
3.2.- La tarjeta postal ilustrada - La tarjeta postal ilustrada debe encontrarse, en tanto que sea posible, en el comercio antes de la emisión del sello. Si es editada especialmente, debe reproducir un documento preexistente. - Sólo se aceptarán las tarjetas con formato cuadrado o rectangular. Quedan excluidos los demás formatos. - No podrán ser utilizados para realizar tarjetas máximas: collages, recortes, fotografías privadas en papel, fotocopias ya sean en color o en blanco y negro, montajes y dibujos privados especialmente realizados para la emisión del sello en papel fotográfico o impresos por ordenador.
3.3.- La cancelación La cancelación que indica el nombre de la oficina postal y la fecha, debe ser legible y completa, y unir el sello y la tarjeta. Esto es aplicable tanto para las obliteraciones manuales como para las mecánicas. Se aceptan las obliteraciones no ilustradas con la condición de que sea respetada la concordancia de lugar.
3.4.- Clasificación de las colecciones a) Las colecciones por país o grupo de países comprenden tarjetas máximas realizadas con sellos emitidos por un país o grupo de países que tengan vínculos geográficos, históricos o culturales. Se debe evitar, de un modo general, el orden cronológico de las emisiones, a excepción de las colecciones tradicionales limitadas a un período. b) Las colecciones por especialidad y/o estudio se presentarán a gusto del expositor, ya sea en lo referente a los elementos constitutivos de la tarjeta máxima como a las diferentes concordancias, a ambos o a un período determinado. c) Las colecciones temáticas comprenden las tarjetas máximas relacionadas con el tema. No están limitadas ni en el espacio ni en el tiempo.
En estos tres tipos de colecciones, se podrán exponer simultáneamente las llamadas tarjetas máximas “variantes”, es decir, las tarjetas máximas franqueadas con el mismo sello pero con tarjetas postales diferentes y con cancelaciones distintas, respetando las reglas de concordancia. Si la colección no trata únicamente de “variantes”, su uso debe ser limitado, de forma que no se aprecie un desequilibrio en la colección y, sobre todo, una falta de material. Se aceptará un máximo de dos tarjetas máximas “variantes” por cada cuadro. Un cambio sólo de la fecha en una obliteración del mismo tipo no es suficiente para realizar una tarjeta máxima “variante”.
3.5.- El Plan Una colección debe estar precedida por un plan que ocupe una sola página. Éste debe describir el contenido de la colección e indicar claramente la idea directriz. Debe ser lógico, equilibrado y estar de acuerdo con el asunto y el título. Debe estar dividido en capítulos. Una simple lista de materias o una descripción literal no puede ser considerado como un plan suficiente. Debe estar redactado en un idioma oficial de la F.I.P..
4.- Criterios para la evaluación de las colecciones
4.1.- La evaluación de las colecciones de Maximofilia se hace según lo previsto en el artículo 4 del Reglamento General de la F.I.P. para la evaluación de las colecciones que compitan en la exposiciones F.I.P. (GREV), teniendo en cuenta el Reglamento Especial de la F.I.P. para la evaluación de las colecciones de Maximofilia en las exposiciones F.I.P. (SREV).
4.2.- Tratamiento e importancia de la colección Se atribuye un total de 30 puntos, siendo 20 para el tratamiento y 10 para la importancia. El tratamiento y el desarrollo de una colección afecta a los siguientes puntos: - Una buena concordancia entre el título, el plan y el contenido de la colección. - Una clasificación lógica y acertada de las tarjetas máximas perfectamente adaptadas a la idea directriz del plan. - Los textos que acompañan a cada pieza deben ser concisos y aportar una información complementaria sobre los elementos y/o las concordancias. La importancia de la colección está ligada a la dificultad del desarrollo del tema escogido, teniendo en cuenta el material conocido y la limitación del tema tratado.
4.3.- Conocimientos e investigación Se atribuye un total de 35 puntos, de los cuales, 20 para los conocimientos y 15 para la investigación. El expositor será juzgado por la forma en que haya seleccionado las tarjetas máximas de su colección; su presentación deberá mostrar siempre sus conocimientos sobre el tema elegido, en filatelia, en marcas postales y en tarjetas postales ilustradas, cuando sea necesario. - Los conocimientos filatélicos se evaluarán considerando el interés de los comentarios (fin y fecha de emisión, tipo, impresión, variedad, etc.). - Los conocimientos marcófilicos afectan a los tipos de matasellos, el período, el lugar y la justificación de utilización de la marca postal. Todos los intentos por mejorar el aspecto de un matasellos después de su estampación por las administraciones postales, será considerado como falso. Los conocimientos cartófilicos se valorarán en función de la concordancia con el motivo del sello, la calidad y rareza de la edición. La investigación maximofílica está basada en la observación de las tres concordancia: de motivo, de lugar y de tiempo.
- La concordancia de motivo es la condición más importante que caracteriza una tarjeta máxima.,La concordancia entre la ilustración del sello y la de la tarjeta postal debe ser la máxima posible, y visualmente manifiesta.
- La concordancia de lugar implica una relación entre el nombre de la localidad o del lugar que figura en el matasellos y el motivo del sello y de la tarjeta postal. El matasello de “primer día” podrá ser utilizado solamente cuando respete la condición mencionada en el párrafo anterior. - En lo referente a monumentos, paisajes y lugares sólo se admite una localidad para obtener la concordancia exigida: aquélla en donde se encuentra el monumento, el paisaje o el lugar. Si se trata de un lugar sin oficina postal, se optará por aquélla de la que dependa dicho lugar o la oficina postal más cercana. - En el caso de una personalidad originaria del país que emitió el sello, debe escogerse la obliteración de la localidad que tenga relación con el acontecimiento conmemorado, nacimiento, muerte, obra o aspecto de su actividad, homenaje póstumo, etc. Cuando el sello conmemore de forma explícita alguno de estos eventos, será mejor la cancelación del lugar donde se lleve a cabo tal celebración. - Cuando el sello es dedicado a un acontecimiento, la cancelación deberá ser la de la localidad que tenga alguna relación con el mismo. - Cuando el sello representa, por ejemplo, un avión, un tren o un barco, la cancelación deberá ser la del lugar donde se encuentre un aeropuerto, una estación un puerto u oficina de correo a bordo, que tenga relación con el motivo. - En cuanto a las tarjetas máximas que representen actividades deportivas, será mejor la cancelación de las localidades donde se practican dichos deportes. - Las tarjetas máximas que representan obras de arte tales como: pinturas, esculturas, mosaicos, esmaltes, vidrieras, frescos, tapices y, de una forma general, todos los objetos que figuren en museos o colecciones de arte, deberán ser canceladas en aquella localidad donde se encuentren estas obras, o aquéllas donde fueron creadas. Se admiten cancelaciones de otros lugares en caso de exposiciones locales y otros eventos siempre que tengan relación con la obra (firma o retrato del artista, retrato del modelo, etc.) De todas formas, al juzgar colecciones de obras de arte, considerando su carácter universal, el jurado aceptará la cancelación del país que emitió el sello. Sin embargo, cuando una misma obra de arte esté representada en sellos de diferentes países, es mejor la tarjeta máxima que lleve el sello y la obliteración del país donde se encuentre la obra de arte. - En el caso de los sellos que representen motivos situados fuera del país de emisión, la cláusula dispensatoria antes referida se aplica a personalidades célebres y a los asuntos relacionados con el cosmos. La obliteración se efectuará en la localidad del país donde eventualmente haya sido organizada una manifestación referente al fin de la emisión. - Cuando un sello conmemora un evento o reproduce un paisaje o un monumento de otro país, se considera que la realización de tarjetas máximas es imposible, por falta de concordancia de lugar. Se admiten las cancelaciones efectuadas en oficinas postales de correos de un país fuera de sus fronteras (por ejemplo, durante manifestaciones filatélicas u otras). La obliteración será tanto más interesante cuanto la localidad en la que haya sido efectuada esté estrechamente ligada al motivo, se complete armoniosamente el conjunto, por su ilustración, por su texto o su conjunto sello/tarjeta postal y su utilización haya sido más o menos breve.
- La concordancia de tiempo está determinada por la fecha del matasello, durante el período en que el sello tenga poder de franqueo.
4.4.- Estado y rareza del material Se atribuye un total de 30 puntos, siendo 20 para la rareza y 10 para el estado de las piezas presentadas.
* La rareza de una tarjeta máxima depende: - De la rareza relativa a los 3 elementos, cada uno en su aspecto. - De la dificultad y/o de la antigüedad de la realización. La antigüedad está definida en relación a tres períodos: A) Anterior a 1946, fecha de la primera publicación de la definición de tarjeta máxima. B) De 1946 a 1978. C) Después de 1978, fecha de la adopción por la F.I.P. de los reglamentos de la Maximofilia.
4.5.- La presentación Se atribuyen 5 puntos para la presentación. Es esencial que tenga un aspecto agradable y cuidado, con el fin de dar una buena impresión de conjunto. Para ello, los coleccionistas deben tener en cuenta las siguientes condiciones: - Utilización de hojas de color claro. - Disposición armoniosa del material presentado, un máximo de 2 tarjetas máximas por hoja (evitar láminas parcialmente vacías, hojas demasiados cargadas o piezas superpuestas). - Redacción de textos explicativos de una manera concisa y escrito de manera legible y sin faltas.
5.- Evaluación de las colecciones Para que una evaluación sea coherente, se solicita a los jurados de colecciones de Maximofilia, que cumplimenten las hojas de evaluación y faciliten al coleccionista un cierto número de observaciones y consejos para mejorar su colección. La presencia de piezas falsas es siempre perjudicial en cualquier colección, por ello se recomienda a los coleccionistas que experticen sus piezas en caso de duda.
6.- Condiciones de aplicación Este Reglamento para la Evaluación de las Colecciones de Maximofilia ha sido aceptado de forma unánime en la Reunión de la Comisión FIP para Maximofilia, celebrada en Málaga el 12 de octubre de 2006 y presentado para su aprobación por el Bureau FIP.
NOTA: Lo subrayado en este Reglamento corresponde a las modificaciones aprobadas en la Reunión de la Comisión F.I.P. de Maximofilia, celebrada en Málaga el 12 de octubre de 2006.
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